Liquidaciones forzosas: verificaciones de crédito se harán a través de la plataforma TAD
A través de la resolución 352 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso que los pretensos acreedores en las liquidaciones forzosas de entidades aseguradoras deberán realizar las verificación tempestiva de créditos, exclusivamente, a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), a cuyo efecto deberán cumplimentar con carácter de declaración jurada el formulario que como anexo I integra la resolución.
“A los fines de garantizar una gestión pública transparente, ágil, eficiente, estable y de calidad en la atención del bien común, resulta necesaria la implementación de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) para la verificación tempestiva de crédito”, explicaron desde la SSN”. Añadieron que “el uso de la herramienta tecnológica que proporciona la plataforma TAD generará una mayor inclusión ya que los pretensos acreedores tomarán conocimiento de las normas a las que deberán ajustarse -conforme artículo 32 de la ley 24.522- y podrán ingresar sus solicitudes desde cualquier punto geográfico del país”.
La resolución completa puede leerse y descargarse aquí.